Declaración del Presidente Iván Duque sobre circular del Gobierno Nacional con medidas UCI para disminuir riesgo de contagios por covid-19 Bogotá, 4 de abril de 2021. Colombianos: Con el equipo del Ministerio de Salud y con el equipo de los expertos en materia epidemiológica, hemos estado analizando la situación del comportamiento del covid-19 en el mundo entero durante los últimos días y semanas. Vemos con preocupación que varios países de Europa registran más de 30 mil o 40 mil casos en un solo día. Y vemos con preocupación, también, que varios países de América Latina han visto cómo se exacerba su capacidad de respuesta en el sistema de salud. Ante esta situación, tenemos claro que la situación epidemiológica del país ha presentado incrementos para algunos municipios en las últimas semanas; así mismo, existe el riesgo de un nuevo ascenso nacional en las próximas semanas. Por lo tanto, debemos actuar, prevenir y tomar decisiones oportunas. Los municipios en observación por aumento en la curva de casos y muertes son: Bogotá, Manizales, Armenia, Tunja, Barranquilla, Montería, Leticia y Pereira. Las ciudades en observación por incremento tanto en casos y muertes como en la ocupación de unidades de cuidado incentivo son Medellín, Cali, Santa Marta y Barranquilla. En consecuencia, el Gobierno Nacional, en cabeza de los ministerios de Salud e Interior, por medio de una circular, ha emitido una serie de recomendaciones para ser implementadas a partir de las 00:00 horas del próximo lunes 5 de abril de 2021 hasta las 00:00 horas del lunes 19 de abril de 2021, con el fin de disminuir el riesgo en el contagio del covid-19. Estas recomendaciones son: 1. Para las ciudades con ocupación de UCI entre el 50% y el 69% -Instaurar opcionalmente medidas de pico y cédula y establecer restricciones nocturnas a la movilidad, entre las 00:00 a.m. y las 5:00 a.m. 2. Para las ciudades con ocupación UCI entre el 70% y el 79% -Instaurar medidas de pico y cédula y establecer restricciones nocturnas a la movilidad, entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m. 3. Para las ciudades con ocupación UCI entre el 80% y el 85% -Instaurar medidas de pico y cédula y establecer restricciones nocturnas a la movilidad, entre las 08:00 p.m. y las 5:00 a.m. 4. Para las ciudades con ocupación UCI superior al 85% -Instaurar medidas de pico y cédula y establecer restricciones nocturnas a la movilidad, entre las 06:00 p.m. y las 5:00 a.m., teniendo en cuenta las recomendaciones de expertos. Los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica y los parques no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula. Igualmente, se permite, en todo momento, el tránsito de personas y vehículos que para su retorno se movilicen en las fechas señaladas. Se permiten los servicios domiciliarios y el ejercicio de las actividades señaladas en el Decreto 1076 de 2020. Bajo ninguna circunstancia se puede prohibir el acceso presencial para la adquisición de bienes de primera necesidad durante la restricción nocturna de movilidad. Igualmente, no queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes, ni el consumo en restaurantes, como tampoco su comercialización a través de plataformas digitales o de domicilios. Adicionalmente, recomendamos a los gobernadores tomar las siguientes medidas para que las medidas puedan surtir efectos más contundentes: -No autorizar los eventos de carácter público que impliquen aglomeración de personas. -No habilitar la apertura de discotecas y lugares de baile, el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. -Reforzar el control para evitar la realización de fiestas y reuniones en general. -Prohibir la realización presencial de todo tipo de celebraciones de carácter regional. -Los mandatarios de municipios con ocupación mayor al 70% o altos niveles de contagio podrán regular el uso de sitios públicos que generen aglomeración como playas, malecones y plazoletas, en las que se identifique violación a los protocolos de bioseguridad. La regulación deberá limitarse a las personas o sectores donde se presenten estas condiciones. Igualmente, recomendamos a todas las familias y personas que viajaron durante Semana Santa a lugares de alta ocupación de UCI o de alto nivel de contagio —entiéndase, ocupaciones de UCI superiores al 80%—, practicar autoaislamiento preventivo voluntario mínimo de 7 días, y si en ese periodo presentan algún tipo de síntoma continuar con el aislamiento obligatorio e informar inmediatamente a su EPS sobre su condición de salud. Es indispensable que no bajemos la guardia; que aunque no hayamos viajado, todos estemos alerta; no salgamos de casa si tenemos síntomas respiratorios, o si hemos tenido contacto con personas contagiadas por el virus. Es esencial hacer buen uso del tapabocas, que cubra nariz y boca, distanciamiento físico de 2 metros entre persona y persona, lavado frecuente de manos, seguir todos los protocolos de bioseguridad y evitar las aglomeraciones. Finalmente, quiero recordar que si un familiar adulto mayor ya recibió la primera dosis de la vacuna, eso de ninguna manera significa que sea inmune. La probabilidad de contagio existe y debemos seguir protegiéndolos. La mayor protección de la vacuna se consigue cerca de dos semanas después de la segunda dosis. Estas medidas las aplicamos de manera preventiva y anticipativa. Invito a todos los colombianos para que a conciencia las adoptemos para evitar en nuestro país una situación de un tercer pico doloroso. Sabemos que muchos países del mundo ya lo están viviendo. Unos lo han vivido con mayor crudeza que otros. Nosotros debemos tomar todas estas medidas de carácter preventivo y actuar con toda la responsabilidad. Tenemos que seguir combinando las medidas farmacológicas, con lo que se denomina la Campaña de Vacunación Masiva Segura y Gratuita, y las no farmacológicas, que son todas aquellas donde el autocuidado marca el principal derrotero. Muchísimas gracias.